CIVIL

Suspensión cautelar de preceptos del Código Civil catalán

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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido cautelarmente tres preceptos de la ley de creación del libro sexto del Código Civil de Catalunya sobre obligaciones y los contratos y de modificación de los cinco libros anteriores.

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Según ha recordado el Tribunal Constitucionalpor medio de un comunicado oficial, el hecho de admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno conlleva obligatoriamente la "consecuencia automática" de la suspensión provisional.

El tribunal ha trasladado la demanda al Congreso, al Senado, al Parlament y a la la Generalitat, que dispondrán de 15 días para personarse en el proceso y formular alegaciones.

El texto regula los contratos de compraventa y permuta, el de cesión solar y el de aprovechamiento urbanístico a cambio de construcción futura y de cultivo, así como los contratos de custodia del territorio, el de integración ganadera, el de alimentos y el de la pensión vitalicia, entre otros.

La suspensión es automática por  ley al admitirse a trámite el recurso del Gobierno

El Gobierno central recurrió estos preceptos al considerar que desoían la doctrina del Constitucional y regulaban "de forma innovadora" los contratos de compraventa, las cesiones de fincas o de aprovechamiento urbanístico y el contrato de permuta.

Según su recurso, estas materias están entre las competencias exclusivas del Estado, y aludían al artículo 149 de la Constitución para defender su postura.

En declaraciones facilitadas por la agencia Europa Press hace unas semanas, en reacción a la presentación de este recurso, el conseller de Justicia, Carles Mundó, consideró la iniciativa del Gobierno central "una bofetada al Parlament y al mundo jurídico y académico".

Ahora, el Constitucional deberá examinar el fondo del asunto para pronunciarse sobre el fondo este recurso del Gobierno aunque en un plazo no superior a cinco meses deberá decidir si ratifica o levanta esta suspensión cautelares

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