JUSTICIA

La justicia gratuita sólo se podrá utilizar un máximo de tres veces al año, salvo que se acredite que no hay abusos

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Se ha detectado un exceso de litigiosidad utilizando este servicio para recurrir multas de tráfico.

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La reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que está preparando el Gobierno prevé que las personas que cumplan los requisitos para utilizar este servicio, lo puedan hacer un máximo de tres veces al año, salvo que se acredite que no hay abusos. Este principio no regirá para la vía penal, que no tendrá un tope de utilización, según informaron a Europa Press fuentes del Gobierno. Toda esta reforma está supeditada a alcanzar un acuerdo con las Comunidades Autónomas.

El Ministerio de Justicia ha realizado ya un borrador con el que se modifica la Ley 1/96 de 10 de enero de Asistencia Jurídica Gratuita. El departamento que dirige Alberto Ruiz Gallardón ha remitido este texto a las CCAA para recabar sus opiniones, teniendo como objetivo lograr "una Justicia gratuita más justa", tal y como afirmó el pasado lunes el ministro en el Congreso de los Diputados, donde compareció para defender la nueva Ley de Tasas Judiciales.

El Ejecutivo ha detectado que se producen casos de abusos en la utilización de este servicio, que supone al año un coste anual de 269 millones de euros para el erario público. Entre otros casos, se ha constatado un exceso de uso en los procedimientos para recurrir multas de tráfico.

Por ello, en el borrador que ha redactado el Ministerio de Justicia para modificar la citada norma, incluye una serie de medidas que limitan la utilización de este servicio aplicando la presunción del 'iuris tantum', según el cual se aplicará una presunción de abuso para todas aquellas solicitudes que excedan de tres al año, salvo que se acredite que hay un legítimo derecho por concurrir razones especiales. Además, si el ciudadano que ha utilizado ya en tres ocasiones un abogado de oficio es demandado, podrá volver a recurrir a la justicia gratuita si reúne los requisitos para ello. Esta limitación se aplicará a los procedimientos civiles, contenciosos y en la jurisdicción social, pero no se aplicará en la jurisdicción penal, para la que no se establecen topes de utilización.

Alimentar el número de beneficiarios

No obstante, el Ministerio también se ha propuesto elevar el número de personas que puedan ser usuarios de este servicio y para ello, ha propuesto elevar el umbral de ingresos, que pasará de 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Es decir, que los ciudadanos con unos ingresos inferiores a 15.975 euros anuales podrán acceder a un abogado de oficio, mientras que hasta la fecha sólo lo podían hacer los que ingresaran menos de 14.910 euros en cómputo anual.

Con el nuevo umbral, el coste total podría elevarse entre cinco y diez millones de euros, según explicaron a Europa Press fuentes ministeriales, es decir, hasta los 275 o 280 millones, sin embargo, esta no es una cifra cerrada ya que tampoco hay una estadística exacta del número de personas que lo podrían utilizar. Además, en la reforma se incluyen otras medidas con las que se podría ahorrar hasta un 20 por ciento de este coste.

En el borrador que ha remitido el Ministerio a las CCAA también se aborda el problema que tienen algunas regiones por los retrasos en los pagos a los Colegios de Abogados, que se traducen en una demora en el pago a los abogados de oficio.

Por ello, se ha incluido un planteamiento que trata de dar satisfacción a este problema, contemplando la posibilidad de que sea el Ministerio de Justicia quien pague, con cargo a parte de lo recaudado por las tasas, a las CCAA. El mecanismo consistiría en que los Colegios de Abogados emitirían sus recibos a las CCAA, que a su vez librarían las certificaciones al Ministerio de Justicia y éste las pagaría a la administración autonómica, que a su vez, realizaría el pago a los Colegios.

Esto, según las fuentes consultadas, no supondrá ninguna devolución competencial, ya que las regiones mantendrán la gestión de la justicia gratuita, pero sí pretende agilizar los pagos y garantizar la viabilidad del servicio.

Control de las aportaciones del Estado

El borrador contempla el control de las aportaciones del Estado para pagar a los abogados de oficio, mediante la colaboración con las entidades colaboradoras, las CCAA, los colegios de abogados y la intervención general del Estado.

Otra de las novedades que se han incluido en el texto es la mediación intrajudicial, con el objetivo de agilizar el sistema. Significa que la nueva Ley recogerá esta opción que ya se contempla en la Ley 5/2012 de Mediación de Asuntos Civiles y Mercantiles.

Con esta vía, en la que es el juez quien propone a las partes que lleguen a la mediación, se prevén solucionar conflictos sin necesidad llegar a que celebrar un juicio, con lo que se ahorran costes y litigiosidad. Las partes que acudan a esta mediación seguirán teniendo abogado de oficio.

El Ministerio tiene previsto recabar primero las opiniones de las CCAA sobre esta propuesta para modificar la Ley de Justicia Gratuita, con las que entablará un diálogo, antes de llevar un texto al Consejo de Ministros.