LECrim

El Poder Judicial abordará el Anteproyecto de reforma de la LECrim el próximo 12 de enero

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El CGPJ se pronunciará sobre el Anteproyecto de reforma de la LECrim en un pleno extraordinario el próximo 12 de enero.

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La propuesta de informe señala que la intervención de las comunicaciones sin autorización judicial previa plantea "serias dudas de encaje constitucional".

El texto remitido por el Gobierno prevé que, "en caso de urgencia" y para investigar delitos cometidos por organizaciones criminales, de terrorismo, contra menores u otros de especial gravedad, la intervención de las comunicaciones podrá ser ordenada por el ministro del Interior o por el secretario de Estado de Seguridad y comunicada en un plazo máximo de 24 horas al juez, que deberá validar o anular la medida en 72 horas.

La propuesta de informe que estudiará el pleno del CGPJ dice que los términos de la autorización judicial previa resultan claros del artículo 18.3 de la Constitución Española, y que el artículo 55.2 de la misma solo se refiere a la suspensión del derecho al secreto de las comunicaciones en los casos de bandas armadas o terrorismo, por lo que "no se identifica en principio el fundamente constitucional de la intervención de la comunicación".

Además, los vocales, Juan Manuel Fernández, Fernando Grande-Marlaska y Rafael Mozo, consideran necesario "reflexionar acerca del riesgo que comporta" fijar un plazo de prórroga de la intervención de las comunicaciones -por periodos sucesivos de tres meses- que puede llegar hasta los dos años.

Utilización de SMS y datos electrónicos

El texto considera positivo que el Anteproyecto regule por primera vez la utilización de SMS y otros datos electrónicos en las investigaciones.

Plazos de instrucción

La propuesta de informe estima que la fijación de un plazo máximo para la instrucción -seis meses para las causas ordinarias y dieciocho meses, prorrogables, para las complejas-, "tiende a satisfacer las exigencias del principio acusatorio".

Los ponentes consideran que "debería permitirse la prórroga del plazo máximo de la instrucción ordinaria por igual periodo de tiempo", tal y como se prevé para las causas complejas, y que aunque el Anteproyecto establece que la petición de prórroga corresponde únicamente al fiscal, no debería excluirse "la posibilidad de que sea solicitada por las partes acusadoras personadas y de que sea acordada de oficio".

Garantías del detenido en el proceso penal

La propuesta de informe valora "positivamente" la regulación de las garantías procesales del sujeto pasivo del proceso penal y del detenido que se introduce con la modificación de los artículos 118 y 520 de la LECrim, ya que con ello se incorpora al ordenamiento español la Directiva europea 2013/48, pero sugiere algunas mejoras al texto del Anteproyecto.

Los vocales creen necesario que se extienda el derecho de comunicarse y entrevistarse reservadamente con el letrado durante las diligencias policiales. También señalan que no se debe exceptuar la asistencia letrada al detenido en la toma de muestras de ADN.