Administración electrónica

El Tribunal Constitucional también usará LexNET en sus comunicaciones con los profesionales jurídicos

Noticia

Suscripción de un Acuerdo entre el TCo y el Ministerio de Justicia para impulsar el uso de LexNET en las comunicaciones de los profesionales jurídicos con ese Tribunal. Todavía no se ha puesto en funcionamiento este sistema cuya aplicación queda en manos de la Secretaría General de Justicia. Los ciudadanos que no estén asistidos o representados por profesionales jurídicos podrán recibir las comunicaciones procesales de forma ordinaria.

Justicia-Digitaladministracion-electronica_EDEIMA20161019_0008_1.jpg

Desde el 23-12-2016, el TCo y el Ministerio de Justicia, en virtud del Convenio de colaboración publicado en el BOE el 12-01-17, han acordado:

1.  Autorizar la realización de las comunicaciones procesales del Tribunal Constitucional por medios electrónicos y telemáticos a través de la plataforma informática del Ministerio de Justicia «LexNET», en tanto quede garantizada la constancia de la fecha y hora de la transmisión y recepción, del contenido íntegro de las comunicaciones y de la identidad del remitente y del destinatario de las mismas. Para ello los firmantes se comprometen a:

a) Favorecer la utilización de las comunicaciones electrónicas en el ámbito de la jurisdicción constitucional a través de LexNET.

b) Impulsar el uso de certificados digitales de Prestadores de Servicios de Certificados cualificados, para asegurar la identificación y validación de los usuarios que operen en el sistema LexNET, así como la autenticación, integridad, confidencialidad y no repudio de los documentos transmitidos.

c) Para la autenticación y firma en LexNET, se podrán utilizar los certificados digitales generados por los prestadores de servicios de certificación que estén homologados por el Ministerio de Industria para tal fin.

2.  Los efectos  de los actos de comunicación procesal realizados por dicho medio serán los establecidos en la legislación procesal.

3.  Los ciudadanos que no estén asistidos o representados por profesionales jurídicos podrán recibir las comunicaciones procesales de forma ordinaria.

4.  Se encomienda a la Secretaría General la programación de las fechas de aplicación del presente Acuerdo a los diferentes colectivos profesionales e instituciones afectados.

El acuerdo se firma hasta 31-12-2017 pudiéndose acordar de manera expresa y unánime su prórroga por un período máximo de 4 años, si ninguna de las partes lo denunciara, lo que se comunicará con 2 meses de antelación a la fecha en que se pretenda dar por finalizado.

Nota

Este contenido pertenece a Actum Fiscal, servicio que analiza la actualidad de forma rigurosa con vínculos a los marginales de los Mementos. Pruébalo gratis durante 15 días.