CLÁUSULAS SUELO

El CGPJ aprueba especializar en cláusulas suelo a Juzgados de Primera Instancia en cada provincia

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La competencia territorial provincial permitiría dar una respuesta idéntica a todos los ciudadanos, con independencia de dónde residan.

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy una propuesta de plan de urgencia para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas suelo como consecuencia de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según ha informado el CGPJ.

El órgano de gobierno de los jueces entiende que aunque el Real Decreto-ley 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo solucionará por vía extrajudicial parte de los conflictos que se planteen, puede producirse en los próximos meses un importante incremento de demandas derivados de la sentencia del TJUE, que se unirían a las que ya se tramitan en los Juzgados de Primera Instancia sobre las condiciones generales de la contratación y protección de consumidores y usuarios.

El CGPJ ha valorado esta situación, que llevaría a un reparto masivo de este tipo de litigios a todos los órganos judiciales de la primera instancia civil, dando como resultado que los juzgados se colapsen sin poder dar una respuesta a todos los ciudadanos en los tiempos necesarios. Por ello, el CGPJ cree necesaria la adopción de medidas con carácter urgente y anticipándose a la previsible entrada masiva de demandas, de forma que en el momento del registro y reparto de las mismas ya estén establecidos los cauces para su atribución a unos órganos judiciales concretos.

Especialización de juzgados

La solución planteada consiste en la especialización de un Juzgado de Primera Instancia en cada provincia, con competencia extendida a todo el territorio de la misma, que de manera exclusiva y no excluyente conozca de la materia relativa a las acciones individuales previstas en la legislación de condiciones generales de la contratación y la protección de consumidores y usuarios.

La especialización se haría al amparo del artículo 98.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que el CGPJ “podrá acordar de manera excepcional y por el tiempo que se determine, con informe favorable del Ministerio de Justicia,...que uno o varios Juzgados de la misma provincia y del mismo orden jurisdiccional asuman el conocimiento de determinadas clases o materias de asuntos”.

La decisión sobre qué Juzgados serán especializados se tomaría en colaboración con los Tribunales Superiores de Justicia y con las Juntas Sectoriales de jueces y magistrados. La propuesta es especializar aquellos órganos que se ofrezcan voluntariamente y, en caso de ausencia de voluntarios o de que haya varios en la misma provincia, elegir al Juzgado que se encuentre en mejor situación. Además, la competencia sería exclusiva

La competencia sería exclusiva y no excluyente porque de lo contrario se daría una respuesta eficaz a los litigios relacionados con las cláusulas suelo, pero se sobrecargaría al resto de los Juzgados de Primera Instancia con los asuntos que quedaran excluidos los órganos especializados.

Esta es la razón de que la Comisión Permanente haya considerado que la competencia exclusiva y no excluyente deba ir acompañada de medidas de refuerzo, adscribiendo al Juzgado especializado uno o varios Jueces de Adscripción Territorial (JAT) que recibirían formación específica sobre la materia para reforzar sus conocimientos y garantizar menores tiempos de respuesta.

Entre las medidas de refuerzo que se plantean también figuran el nombramiento de letrados de la Administración de Justicia y de funcionarios por parte de las Administraciones competentes, así como la asignación de medios materiales.

La competencia territorial, que se extendería a toda la provincia, permitiría dar una respuesta idéntica en tiempo y contenido a todos los ciudadanos, con independencia de la localidad en la que residan.

El Consejo General del Poder Judicial cree conveniente poner en marcha el plan el próximo 1 de junio, de modo que los Juzgados especializados puedan asumir las demandas que se produzcan una vez concluidos los cuatro meses que suman los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 1/2017 para que las entidades de crédito adopten las medidas necesarias para dar cumplimiento a sus previsiones y para que el consumidor y la entidad lleguen a un acuerdo o se tenga por concluido el procedimiento extrajudicial.

Ventajas

El órgano de gobierno de los jueces incide en que las ventajas serían evitar la posible alta litigiosidad respecto a las demandas que se presenten, garantizando eficacia y rapidez en la resolución de los asuntos relacionados con las cláusulas suelo y, a la vez, que los tiempos de respuesta a los litigios de otra clase no se dilaten.

Otra de las ventajas es la de obtener una mayor seguridad jurídica, proporcionando respuestas de fondo unitarias por la existencia de unidad de criterios, lo que a su vez facilitaría transacciones judiciales y extrajudiciales; y daría un uso racional a la figura de los Jueces de Adscripción Territorial.

Todo ello, contribuiría a aumentar la confianza del ciudadano al poder recibir un servicio eficaz frente a un problema, según ha indico por el CGPJ.

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