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¿Obligación de declarar IRPF 2011?

Noticia

Un pensionista cobra una pensión del INSS por 13000 euros, obtiene rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención por 600 euros (intereses y dividendos de acciones y fondos de inversión) y una pérdida patrimonial de 90 euros por la venta de un fondo de inversión. ¿Está obligado a presentar declaración de IRPF 2011?

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Respuesta

No tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes y en los siguientes importes, ya sea en tributación individual o en conjunta:

Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales. En el caso planteado no se llega a la cuantía anterior: 13.000 € por lo que no está obligado a presentar declaración.

Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. En el caso planteado no se llega a la cuantía anterior: 600 € por lo que no está obligado a presentar declaración.

Rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 €. En el caso planteado la pérdida patrimonial es de 90 € por lo que no está obligado a presentar declaración.

En resumen, no se cumplen ninguno de los límites para presentar la declaración y, por lo tanto, se puede optar por su no presentación.