LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL

La Comisión Nacional de la Competencia cree que la nueva LOPJ pone barreras al acceso a la Justicia

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Cuestiona que permita prestar servicios de asesoría jurídica sin ser abogado colegiado.

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado a conocer este miércoles las conclusiones de su informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en el que advierte de la "posible barrera de acceso y trato discriminatorio que supone tener que constituir un depósito en diferentes supuestos, compatible además con las tasas exigidas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional".

Según señala su dictamen, tanto la Fiscalía como las Administraciones Públicas, incluyendo sus entidades públicas dependientes, están exentas de constituir ese depósito, a lo que se suma que estas entidades públicas pueden competir con operadores privados en diversos mercados.

Por ello pide que se evalúe la necesidad y proporcionalidad de mantener esta exención, según se incluye en su informe.

Afectación a profesionales

LA CNMC pone en duda que, tal y como contempla la ley, asesores jurídicos pueden prestar servicios sin estar colegiados ni de tener la condición de abogado, a diferencia de lo que ocurre con las actividades que tradicionalmente realizan los abogados, como son la dirección y defensa en los procesos.

Por ello, recomienda concretar estos aspectos para no extender la reserva de actividad indebidamente y reducir injustificadamente la competencia.

Con respecto a los procuradores, el Anteproyecto mantiene una reserva de actividad a favor de este colectivo, limitada a la representación de las partes en los procesos.

Esta situación, recuerda la CNMC, difiere de las posibilidades de representación de los ciudadanos y empresas, españolas y extranjeras, ante casi todas las Administraciones en la Unión Europea y sin necesidad de intermediarios.

La posibilidad, que no obligación, de representarse sin intermediarios, tradicional ante las Administraciones Públicas, permitiría reducir costes a empresas y particulares y favorecería la competencia y la eficiencia, según el Informe de la CNMC.

Respecto a la obligación de colegiación, con el fin de evitar la consolidación y la duplicidad de barreras jurídicas en el acceso y ejercicio de la profesión de abogados y procuradores, la CNMC recomienda no incluir en esta norma las obligaciones de colegiación.

Igualmente, afirma que debería replantearse, con carácter general, la obligatoriedad de colegiación en los casos de aquellos profesionales, fundamentalmente abogados, que prestan sus servicios exclusivamente para las Administraciones Públicas.

Además, la CNMC considera que sería favorable para la competencia que el texto del Anteproyecto recogiese la posibilidad de que los abogados y los procuradores pudieran ejercer simultáneamente ambas profesiones, sin necesidad además de estar colegiados en ambos Colegios profesionales sino solo en uno.

Finalmente, en lo que respecta a los graduados sociales, el Anteproyecto establece que puedan ejercer la representación y también la defensa en juicio, aunque solo en los casos de jurisdicción social.

La CNMC sugiere que se valoren, a partir de los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación, los motivos para no ampliar las facultades de los graduados sociales, en especial en lo referente a la representación, a otras jurisdicciones.