CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS

El Código de Buenas Prácticas ha permitido a 23.640 familias reestructurar su deuda hipotecaria

Noticia

Se han recibido 50.852 solicitudes desde la puesta en marcha del Código de Buenas Prácticas en 2012.

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En los tres años y medio de vigencia del Código de Buenas Prácticas (CBP) un total de 50.852 familias en riesgo de exclusión social han solicitado acogerse a él con el fin de aliviar su deuda hipotecaria. De ellas, 23.640 han logrado reestructurar la hipoteca (18.620), la dación en pago (5.014) o una quita (6).

En los seis primeros meses de 2015, las solicitudes han aumentado un 17,78% sobre el segundo semestre del año anterior, hasta las 13.436 peticiones. El informe semestral ha sido remitido hoy al Parlamento por la Comisión de Seguimiento.

El conjunto de medidas puestas en marcha por el Gobierno en este ámbito ha favorecido a 45.000 familias. Además de la aplicación del CBP, el Fondo Social de Viviendas (FSV) ha adjudicado 4.000 viviendas y se han suspendido 17.551 desahucios.

Desde la puesta en marcha del CBP hace tres años y medio se han registrado 50.852 solicitudes, de las que se han resuelto 23.640. El resto o bien no entran dentro del ámbito de aplicación, incumplen los requisitos o no han entregado la documentación necesaria. De las solicitudes resueltas, 18.620 finalizaron con una reestructuración de la deuda pendiente, 6 con una quita y en 5.014 casos se acordó la dación en pago, con la consiguiente extinción de la deuda.

En el primer semestre del año las entidades recibieron 13.436 solicitudes, un 17,78% más que durante la segunda mitad de 2014. De las solicitudes recibidas, se han resuelto un total de 7.141 operaciones (un 7,73% más). De ellas, en 5.970 casos se concluyó con una reestructuración viable de la deuda pendiente (15,67% más). En 1.171 casos se acordó la dación de la vivienda en pago de la deuda hipotecaria, un 20,17% menos. Ninguna operación finalizo con una quita.

El CBP se firmó en marzo de 2012 con la práctica totalidad de las entidades con actividad hipotecaria en España, hasta 95 en la actualidad. El Gobierno impulsó este Código de adhesión voluntaria pero de cumplimiento obligatorio durante dos años para las entidades firmantes. El objetivo fue dar solución a las familias con dificultades para hacer frente al pago de sus deudas hipotecarias, bien por encontrarse en situación de desempleo o ausencia de ingresos. Se establecieron tres opciones -renegociación de plazos y cuotas con las entidades o reestructuración de la deuda, quitas y dación en pago-, con periodos de carencia, amortización hasta 40 años, reducción del tipo de interés aplicable a Euríbor+0,25 puntos e incluso la posibilidad de permanecer en la vivienda mediante el pago de un alquiler reducido.

Se definió también el umbral de exclusión o condiciones para poder acogerse al CBP. En concreto, se estableció que fuera primera y única vivienda y que todos los miembros de la familia carecieran de rentas derivadas del trabajo o actividades económicas. Además, la cuota hipotecaria debía ser superior al 50% de los ingresos netos percibida por el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Deberán, asimismo, carecer de bienes patrimoniales con los que hacer frente a la deuda.

El Gobierno ha ampliado en dos ocasiones el ámbito de aplicación tanto del CBP como del FSV para dar cabida a un mayor número de familias. El Código inicial fue ampliado en la Ley de 2013 de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. Su ámbito se extendió nuevamente en febrero pasado, en el Real Decreto Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

Entre las últimas modificaciones introducidas destacan el aumento del límite anual de renta familiar hasta tres veces el IPREM (Indicador Público de Rentas Múltiples). Hasta entonces se calculaba por 12 pagas y pasa a calcularse por 14 -sube desde 19.170 a 22.365 euros-, así como la inclusión de los mayores de 60 años. Se elevó el límite de precio de compra de los inmuebles desde los 250.000 a 300.000 euros y se estableció la inaplicación definitiva de las cláusulas suelo para los deudores situados en el umbral del nuevo CBP.