Una comunidad de propietarios y una empresa de obras deberán asumir los daños provocados en el muro colindante con la parcela en la que trabajaban
Por: ElDerecho.comLa Audiencia Provincial de Balears ha estimado el recurso de una empresa de instalaciones frente a la comunidad de propietarios de un edificio y declara que deberá contribuir al 40% -y no al 60% como dictaminó un juzgado de Palma- en la reparación de los daños materiales de un muro delimitador entre el inmueble y un solar.