Cuando los funcionarios cambian de destino desparece el derecho sobre la vivienda que ostentaban

Lanzamiento de la vivienda pública, ocupada por razón del destino, cuyo uso ha sido atribuido al cónyuge en un proceso de separación o divorcio

Foro Coordinador: Diego Córdoba Castroverde

Planteamiento

En algunos casos determinados funcionarios (especialmente los militares) tienen derecho, en determinados destinos y mientras permanezcan en el mismo, al uso de viviendas públicas. Pero cuando cambian de destino desparece el derecho que ostentaba al uso de la misma.

En determinadas ocasiones, cuando la Administración pretende el desalojo de la misma, se opone el cónyuge que en un proceso de separación o divorcio ha obtenido una resolución del juez civil que le concede el uso de esa vivienda familiar.

La Administración solicita autorización judicial para la entrada y desalojo de la vivienda, por existir otro militar que tiene derecho a ocuparla, pero se le opone una resolución de un juez de familia que le concede el uso de la vivienda familiar al cónyuge divorciado.

La pregunta que debe plantearse es si frente al desalojo de la vivienda acordado por resolución administrativa firme, incluso confirmada por sentencia judicial firme del orden contencioso administrativo: ¿Cabe oponer la decisión de un juez de familia que concede el derecho al uso de la vivienda pública al otro cónyuge divorciado y a los hijos del matrimonio? ¿Cuál de las resoluciones debe prevalecer a los efectos de autorizar o no la entrada y desalojo solicitada por la Administración?.

 

Este foro ha sido publicado en la "Revista de Jurisprudencia", el 15 de febrero de 2018.

(Puedes consultar Legislación y Jurisprudencia en nuestra Base de Datos).

Puntos de vista

Dimitry Berberoff Ayuda

Lejos de constituir una hipótesis de laboratorio, el supuesto plantead...

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Jesús Cudero Blas

En nuestro régimen de la función pública, cualquiera que sea la adsc...

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Fátima de la Cruz Mera

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