JUSTICIA

El Tribunal Supremo da la razón a SEO/BirdLife y confirma la paralización del parque eólico Curueña II, en Omaña (León)

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La sección tercera del Tribunal Supremo ha confirmado, en sentencia del día 8 de julio, el auto de medidas cautelares dictado por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), en el que se dictó la paralización del parque eólico Curueña II, en Omaña (León).

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El Supremo considera en la sentencia que las obligaciones de evaluación de impacto ambiental "no pueden ser eludidas mediante la artificiosa división o segregación del parque eólico en varios proyectos de ejecución, con la finalidad de obtener declaración de impacto ambiental favorable en fraude de Ley".

La fragmentación de la evaluación y el incumplimiento generalizado de no evaluar el impacto sinérgico de los diferentes proyectos existentes en una zona, como los de Omaña en León, es lo que ha motivado a SEO/BirdLife a emprender acciones ante los tribunales.

En esta comarca, SEO/BirdLife ha recurrido 17 infraestructuras ligadas al desarrollo eólico, evaluadas de forma fragmentada, y que además presentan una importante afección a espacios de la Red Natura 2000 y a especies como el alimoche y el urogallo cantábrico, según informó la entidad científica en una nota recogida por Europa Press.

UN PROCESO "VICIADO"

Según el coordinador de Conservación de SEO/BirdLife, Juan Carlos Atienza, esta sentencia del Tribunal Supremo es un elemento más que demuestra que en España el procedimiento de evaluación de impacto ambiental "está viciado" y que resulta necesario volver a refundarlo.

Al respecto, concretó que según datos de la propia entidad, la práctica totalidad de autorizaciones de proyectos se lleva a cabo sin evaluar el impacto que tendrá asociado a otros proyectos construidos o proyectados.

SEO/BirdLife defiende que los parques eólicos en áreas sensibles suponen una amenaza para las aves, al producir una importante mortalidad sobre ellas y al alterar gravemente su hábitat. Al respecto, concretó que este extremo ha sido sistemáticamente negado por el sector eólico, mientras que sentencias como ésta del Tribunal Supremo confirma que es un motivo más que suficiente para paralizar un parque eólico.

CONSECUENCIAS "IRREPARABLES"

La sentencia apunta que la instalación de los aerogeneradores y su puesta en funcionamiento afecta "de modo irreparable" a las aves, en cuanto puede producir su muerte por colisión y alterar su hábitat de forma significativa.

Juan Carlos Atienza manifestó en este sentido que debido a los importantes impactos de los parques eólicos, es necesario una adecuada planificación y evaluación que evite la promoción y autorización de parques eólicos en las zonas más importantes para las aves. "La energía eólica no es sostenible solo por el hecho de ser renovable, para ello se debe ser responsable y evitar los impactos ambientales", apostilló.

DESARROLLO EÓLICO EN LEÓN

SEO/BirdLife consideró asimismo que la falta de celo de la Junta de Castilla y León por integrar el desarrollo eólico con la conservación de la biodiversidad ha prestado un "flaco favor" al desarrollo eólico en la provincia de León y una "gran inseguridad" para las empresas del sector. Además, esta "falta de rigurosidad", que a su juicio confirma "sentencia tras sentencia", pone en peligro a especies tan emblemáticas como el urogallo cantábrico.

Por este motivo, solicitó a la Junta de Castilla y León que revoque de forma inmediata todas las autorizaciones de parques eólicos en Omaña y llegue a un acuerdo con las empresas para identificar lugares con menores impactos.

Además, hizo extensivo este llamamiento al resto de administraciones autonómicas en las que tampoco se realiza una "correcta" evaluación de impacto ambiental.