NOVEDAD LEGISLATIVA

Prórroga del Programa de Activación para el Empleo

Noticia

Real Decreto-ley 7/2017, de 28 de abril, por el que se prorroga y modifica el Programa de Activación para el Empleo.

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Trascendencia y finalidad

En aras a facilitar y fomentar el acceso de las personas desempleadas a los servicios de los Servicios Públicos de Empleo, una de las iniciativas recogidas en el Acuerdo de propuestas para la negociación tripartita para fortalecer el crecimiento económico y el empleo, firmado el 29 de julio de 2014 por el Gobierno y los interlocutores sociales, fue el diseño de un programa de activación para el empleo para desempleados de larga duración con cargas familiares.

Ante la finalización del plazo para acceder al programa de activación para el empleo el 15 de abril de 2017, Gobierno e interlocutores sociales coinciden en la necesidad de mantener los instrumentos existentes para la protección y activación de los desempleados de larga duración con cargas familiares y, en consecuencia, en la necesidad de prorrogar el programa durante un año.

Ámbito material

El Real Decreto-ley consta de un artículo único, una disposición transitoria y tres disposiciones finales.

El apartado uno del artículo único da nueva redacción a los párrafos a), b), c), f) y g) del artículo 2.1 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, ampliando la posibilidad de acceder al programa y facilitando el cumplimiento del requisito a las personas en situación de desempleo más reciente

El apartado dos modifica el apartado b) del artículo 3 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, con el objetivo de facilitar a los solicitantes la acreditación de la búsqueda activa de empleo, potenciando la colaboración de las agencias de colocación en el cumplimiento de dicho requisito.

El apartado tres modifica el artículo 4.1 para ampliar el plazo en el que se puede presentar la solicitud de incorporación al programa, de modo que las personas desempleadas puedan solicitar la admisión al programa durante el año siguiente a la entrada en vigor de esta norma.

Los apartados cuarto y quinto modifican el artículo 6 definiendo mejor el papel del tutor en el proceso de búsqueda activa de empleo que tiene que realizar el desempleado para ser incluido en el programa, con el objeto de facilitar esta búsqueda y su acreditación.

Vigencia

La presente disposición ha entrado en vigor el 29 de abril de 2017.