Lanzamiento

Publicación del primer Memento en Derecho de las Nuevas Tecnologías 2017-2018

Noticia

La obra ha sido elaborada por profesionales del despacho ECIJA y coordinada por Alejandro Touriño, socio director de la Firma, y por Francisco Martín-Caro, miembro del equipo de redacción mercantil de Lefebvre · El Derecho.

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Este primer Memento Práctico en Derecho de las Nuevas Tecnologías 2017-2018 está compuesto por 24 capítulos, agrupados en siete bloques temáticos tan novedosos y de actualidad como la economía colaborativa, la inteligencia artificial, la administración electrónica o la ciberdelincuencia, entre otros.

Es una obra pionera que analiza por primera vez en forma de Memento la problemática jurídica derivada del impacto de las nuevas tecnologías en la sociedad, desde un punto de vista práctico y analizando toda la normativa aplicable y jurisprudencia existente en dichas materias, actualizada hasta la fecha de su publicación.

Para Juan Pujol, presidente y consejero editorial de Lefebvre · El Derecho, “se trata de una obra que se antojaba necesaria. La generalización en el uso de las nuevas tecnologías, especialmente Internet y los medios de comunicación electrónica, y el uso que de ellas se hace, está cambiado la manera de relacionarse de las personas y la forma en la que las empresas hacen negocio. Este Memento aborda de una manera práctica problemas legales de la Nueva Economía, hasta ahora inéditos y que afectan a muy diversos sectores del ordenamiento jurídico”.

En palabras de Alejandro Touriño, coordinador de la obra y socio director de ECIJA “es un orgullo para nosotros publicar este Memento en una disciplina en la que recientemente hemos sido reconocidos como mejor Firma del mercado español. Los Mementos no sólo son un referente jurídico, sino que son además fuente de consulta para todos los profesionales del sector, siendo un honor que hayan elegido a ECIJA para publicar una obra pionera y de tanta relevancia. Teníamos muchas ganas de que viera la luz este proyecto en el que un buen número de profesionales de la Firma llevamos tiempo trabajando”.

El Memento Derecho de las Nuevas Tecnologías 2017-2018 es fruto también de la apuesta continua que la editorial Lefebvre· El Derecho hace por la innovación en el sector jurídico, y que se ha visto traducida recientemente en el último Estudio sobre Innovación en el sector jurídico empresarial.

La obra cuenta con un extenso índice en el que se exponen los siguientes aspectos:

1.- El régimen legal de los servicios de la sociedad de la información, en los que Internet, como red abierta de comunicaciones, juega un papel clave; así como el régimen legal de los prestadores de este tipo de servicios (régimen de libre prestación, obligaciones de información, responsabilidad), con especial mención a la exención de responsabilidad, bajo ciertas condiciones, de los prestadores de servicios de intermediación consistentes en la mera transmisión de datos, el almacenamiento temporal (copia temporal o caching), el alojamiento (hosting) y los instrumentos de búsqueda y enlaces a contenidos de terceros.

2.- La regulación del comercio electrónico en sus distintas modalidades (B2B, B2C, directo e indirecto), haciendo especial hincapié en las formas típicas de prestar el consentimiento (técnicas clickwrap o browsewrap) y en las específicas obligaciones de información (pre y postcontractual). 

3.- Los sectores económicos especialmente afectados por las nuevas tecnologías: 

- Telecomunicaciones;

- Servicios financieros (Fintech) y de seguro (Insurtech);

- Economía colaborativa (destacando el transporte y alojamiento colaborativos, el crowdworking, el carpooling);

- Aplicaciones tecnológicas (drones, impresión 3D y 4D, realidad virtual, inteligencia artificial);

- Juego on line. 

4.- Los ámbitos del Derecho en los que las nuevas tecnologías inciden de manera particular, como:

La competencia desleal y los problemas que plantea en este ámbito el uso de marcas ajenas en los buscadores de Internet (adwords), el uso de nombres de dominio, el uso de enlaces o marcos que pueden inducir a error en el consumidor, así como la técnica del screen scraping (extracción de datos de un sitio web para mostrarlos en otro). 

El Derecho de Consumo, en el que se exponen los derechos y obligaciones de los consumidores en los contratos celebrados a distancia, como es el caso de los celebrados por vía electrónica. 

La publicidad, destacando las comunicaciones comerciales por vía electrónica y los límites establecidos en sectores regulados (bebidas alcohólicas, tabaco, cigarrillo electrónico, medicamentos y productos sanitarios), así como los nuevos canales de publicidad (influencers, blogueros) y las nuevas formas de publicidad de productos y servicios (product placement y branded content). 

La propiedad industrial (protección de las invenciones tecnológicas y los signos distintivos, como las marcas) y la propiedad intelectual (protección de los programas de ordenador o software y bases de datos; medidas de protección tecnológica). 

Los sistemas de resolución de conflictos, de los que destaca la reclamación sobre nombres de dominio de Internet (procedimiento UDRP y URS) y los procedimientos especiales en el ámbito del comercio electrónico, de los derechos de la personalidad, de la competencia desleal, de la propiedad industrial e intelectual y de los ciberdelitos.

5.- La incidencia de las nuevas tecnologías en los derechos de la personalidad (honor, intimidad e imagen) y los datos de carácter personal.

6.- La Administración y Justicia electrónicas (LexNet), y específicamente la prueba y la firma electrónicas. 

7.- Las implicaciones penales de las nuevas tecnologías, como los ciberdelitos (estafa informática, daños informáticos, defraudación de las telecomunicaciones, descubrimiento y revelación de secretos, delitos contra el honor y la imagen, acoso a través de los medios de comunicación, delitos contra la propiedad intelectual, pornografía infantil, ciberterrorismo) y las medidas de protección contra el crimen cibernético (ciberseguridad). En un capítulo específico se trata la responsabilidad penal de las personas jurídicas (compliance penal). 

8.- Las implicaciones laborales del uso de las tecnologías en el ámbito laboral (uso de medios empresariales, como ordenadores e Internet, con fines personales). Adicionalmente, se tratan las medidas empresariales para cumplir con el ordenamiento laboral (compliance laboral). 

9.- El uso de las nuevas tecnologías en el ámbito mercantil: página web corporativa y el ejercicio de derechos de socio por medios electrónicos.

10.- La obra se cierra con el análisis fiscal de determinados hechos imponibles relacionados con las nuevas tecnologías, como el comercio electrónico, el juego on line, la propiedad intelectual, la financiación colectiva (crowdfundingcrowdlending), las criptomonedas (como el Bitcoin) y los derechos de imagen.