Economía/Laboral

La reforma de las pensiones podría retrasar la jubilación anticipada involuntaria a los 63 años

Noticia

PSOE e IU-ICV piden la comparecencia de Burgos en la Comisión del Pacto de Toledo antes de que se apruebe el decreto, este mes de marzo.

Sede-Ministerio-EMpleo-Seguridad-Social_EDEIMA20120209_0004_1.jpg

La reforma de las pensiones en la que está trabajando el Gobierno podría suponer un retraso de la edad a la que es posible jubilarse de forma anticipada involuntaria hasta los 63 años en 2027, lo que conllevaría acompasar esta fórmula con el retraso que sufrirá la edad de jubilación ordinaria, que en ese año se situará en los 67 años.

Según han explicado fuentes parlamentarias a Europa Press, aunque el Gobierno no ha presentado ningún borrador sobre el futuro decreto a los grupos de la oposición, desde hace meses sí se vienen negociando "aspectos generales" de la posible reforma, que deberá entrar en vigor el 1 de abril.

Entre los asuntos sobre los que el Gobierno ya ha sugerido por dónde podrían ir los cambios, destaca el retraso en la edad de jubilación anticipada. La idea es que exista una diferencia de aproximadamente cuatro años con la edad regular, por lo que cuando el retraso de la jubilación se complete en 2027 el retiro anticipado involuntario quedará en 63 años y la voluntaria en 65 años, eso sí, con la exigencia de haber cotizado al menos 35 ejercicios, dos más que actualmente.

También se da por hecho que se tocarán los coeficientes reductores, un porcentaje de rebaja de la pensión por cada año que se adelanta la edad de jubilación. Tal y como informa el "ABC" y han confirmado a Europa Press fuentes parlamentarias, se podrían modificar tanto los coeficientes como las horquillas.

Así, se podría llegar al 7,5% con 38,5 años de cotización; 7% con entre 38,5 y 41,5 años cotizados; 6,5% si se ha cotizado entre 41,5 y 44,5 años; y 6% para el resto de trabajadores. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria estos porcentajes serían incluso mayores.

Con respecto a la jubilación parcial, los cambios que se han ido apuntando hasta la fecha pasan por dar la posibilidad a quienes opten por esta fórmula de seguir cotizando de forma proporcional a las horas que trabajen para mejorar la pensión de la que dispondrán cuando se retiren de forma definitiva.

Compatibilizar trabajo y pensión

La otra gran reforma que plantea el Gobierno, y sobre la que hay menos disensiones, persigue ampliar la vida laboral de los ciudadanos, flexibilizando para ello las normas que regulan el acceso a la pensión mientras se sigue trabajando.

En el único documento que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha entregado hasta la fecha a los grupos --titulado "Informe sobre la compatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación y la realización de una actividad", fechado en octubre y remitido a los partidos en febrero-- se precisa que los cambios afectarían a quienes sigan percibiendo un sueldo en el sector privado por trabajos por cuenta propia o ajena, y siempre que se haya cumplido la edad de jubilación legal y se haya cotizado el número de años obligatorios para tener derecho a la percepción del 100% de la base reguladora.

Además, se indica que en los casos de jubilación anticipada se mantendría la incompatibilidad actual al menos hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, mientras que sí se podría optar a esta posibilidad en los casos de jubilación demorada --incentiva el retraso de acceso a la pensión con una mejora de la cuantía-- o con la exoneración de cotizaciones.

En las compatibilizaciones pensión-trabajo no habrá, en principio, obligación de cotizar salvo por los conceptos de incapacidad temporal, enfermedades comunes y accidentes de trabajo. No obstante, tampoco se descarta incluir alguna cotización de solidaridad de un máximo del 6%, aunque aún se está estudiando si lo pagaría el trabajador o la empresa.

En las negociaciones se ha avanzado asimismo que el trabajador que opte por esta opción podría llegar a disfrutar hasta del 50% de su pensión con un horario de ocho horas.

Poco tiempo para la negociación

Sean cuales sean los planes del Gobierno, lo cierto es que tiene apenas un mes para aprobar su normativa, dado que el 1 de abril vence la prórroga de tres meses decretada a finales de 2012 para la entrada en vigor de los artículos de la ley 27/2011 relativos a jubilación parcial y jubilación anticipada.

Por eso, los grupos políticos creen que el Consejo de Ministros aprobará un decreto sobre estos temas --y sobre incentivos para prolongar la vida laboral de los ciudadanos-- en su reunión del 8 o el 15 de marzo.

Esto deja poco margen para la negociación y, ante el temor de que el Ejecutivo pueda legislar por decreto sin informar antes a la oposición, tanto el PSOE como la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) han registrado una solicitud de comparecencia del secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, en la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo.

Su intención es que informe "lo antes posible" sobre los detalles de la reforma, y que precise algunos aspectos que plantean interrogantes, como por ejemplo si se aplicarán coeficientes penalizadores más allá de los ordinarios en los casos en que la pensión siga siendo más alta de las cuantías máximas establecidas, o si se permitirá que las empresas tengan flexibilidad para decidir qué parte de la jornada laboral realizan relevista y relevado en los casos de jubilación parcial, entre otros asuntos.