ARBITRAJE

La Ley del Contrato de Seguro otorga al asegurado la posibilidad de acudir a arbitraje contra el asegurador

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Firmado un acuerdo con el que se pretende fomentar y acercar la relación entre el asegurado y el asegurador, apostando para que las posibles controversias se solucionen por expertos y en el menor tiempo posible

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La Asociación Europea de Arbitraje (Aeade) y la Asociación de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguros han suscrito un convenio de colaboración para fomentar el arbitraje como sistema eficaz de resolución de conflictos en el ámbito del seguro; y acercar la relación asegurado asegurador apostando por una solución rápida y especializada.

El convenio fue firmado por Mariano Medina Crespo y Javier López y García de la Serrana, presidente y secretario general, respectivamente, de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, y Juan Ignacio Barrero Valverde y Javier Íscar de Hoyos, asimismo presidente y secretario general, respectivamente, de la Asociación Europea de Arbitraje, Aeade.

Además, el acto contó con la presencia de Ricardo Lozano Aragüés y Sergio Álvarez Camiña, director general y subdirector general, respectivamente, de la Dirección General de Seguros.

Apuesta por la celeridad, eficacia, responsabilidad y especialización

Según López García de la Serrana: "Siempre hemos estado interesados en el tema del arbitraje y como profesionales cualificados y especialistas en la materia de seguros queremos acercarnos a Europa y fomentar en España el uso del arbitraje por razones, sobre todo, de tiempo y especialización."

Para Íscar de Hoyos: "La dilación en la resolución de los conflictos es un grave problema para las empresas y, sobre todo, en un sector tan sensible como los seguros, por lo que Aeade se compromete a solucionar los litigios en un periodo de cuatro meses." El secretario general explicó que "el arbitraje exige instituciones profesionales especializadas y dedicación exclusiva". Y finalizó diciendo que "este convenio surge por la necesidad en las empresas aseguradoras y el objetivo es que alrededor de un 10% se resuelva por vía arbitral."

Se debe determinar en el contrato o en las pólizas qué institución administra el procedimiento

La Ley del Contrato de Seguro otorga al asegurado la posibilidad de acudir a arbitraje contra el asegurador, por lo que determinar en el contrato o en las pólizas qué institución va a administrar ese procedimiento reducirá los plazos sustancialmente en relación con acudir al Juez de Instancia para el nombramiento judicial del árbitro.

Según los datos de la Asociación Europea de Arbitraje: "En el último año, la institución recibió numerosas demandas de arbitraje en el sector asegurador, inhibiéndose en la mayoría de los casos porque la Ley del Contrato de Seguro no predetermina la institución arbitral que debe tramitar el asunto."

El convenio parte de que para lograr la excelencia en el arbitraje deben darse dos premisas: una institución arbitral profesional, con dedicación exclusiva a la administración de arbitrajes y al fomento del uso del arbitraje; y árbitros expertos en el sector asegurador.

El acuerdo pretende que las Compañías de Seguros en sus relaciones con terceros, ya sean asegurados o no, apuesten por una institución que garantice celeridad, eficacia, responsabilidad y especialización, lo que redundará en un mejor servicio y en garantía de los derechos de los asegurados.

Entre otras materias, Aeade se compromete para el supuesto de arbitraje referido a cuestiones propias del seguro, y sin perjuicio de producirse también en otros campos, al nombramiento exclusivo de árbitros entre los miembros de la Asociación Española de Abogados Especializados en RC y Seguro que lo hayan solicitado y hayan sido aceptados por el Comité mixto formado al efecto entre ambas Asociaciones; y a tramitar en cuatro meses los problemas del sector asegurador, lo que supondrá un ahorro importante para asegurados y compañías aseguradoras, sin olvidar el alivio de la enorme carga de los juzgados españoles.