IVA

Más del 90% de empresas que deben incorporarse al SII comunican ya a la AEAT la información de sus transacciones

Noticia

Casi 50.000 empresas de un total de 54.000 contribuyentes que conforman el censo del Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) se han incorporado al sistema, de manera que más del 90% de los obligados al SII informan ya a la Agencia Tributaria en tiempo prácticamente real de sus transacciones comerciales con proveedores y clientes.

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A comienzos de octubre, eran ya más de 700 millones las facturas expedidas y recibidas sobre las que se había remitido información a través del SII por parte de un colectivo de grandes empresas, grupos societarios a efectos del IVA y entidades inscritas en el régimen de devolución mensual del impuesto ('Redeme') que representa el 75% de la facturación total de los contribuyentes de IVA en España, a solo cinco puntos porcentuales del objetivo del 80%, que se alcanzará cuando se incorpore la totalidad de contribuyentes pertenecientes al censo. El importe global de las facturas incorporadas al SII supera los 630.000 millones de euros, según ha informado el Ministerio de Hacienda.

A ese censo de obligados, formado por algo más de 54.000 contribuyentes, se llega tras la renuncia al Redeme y al régimen especial de grupos de IVA de menos de 10.000 contribuyentes que podrán volver a beneficiarse de las ventajas de ambos regímenes especiales si en el futuro deciden incorporarse al SII, aprovechando así también las propias ventajas de este sistema que permite agilizar devoluciones, facilita el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, reduce cargas indirectas, ofrece un mayor plazo para las liquidaciones del impuesto y da acceso, en su caso, a un proceso de comprobación más rápido y selectivo.

Información

En el conjunto de contribuyentes obligados al SII se encuentran entidades exentas que, como tales, no tienen obligación de presentar liquidaciones de IVA. Exceptuados estos contribuyentes y atendiendo, por tanto, únicamente a la parte del censo del SII que liquida IVA, el grado de cumplimiento supera el 97% y, de estas empresas, en un 84% de los casos no existe discrepancia alguna entre las facturas recibidas que han suministrado a través del SII y sus propias declaraciones de IVA, lo que da muestras de la alta fiabilidad de la información incorporada al sistema.

Como consecuencia de la puesta en marcha del SII se han acelerado ya las devoluciones de IVA a los contribuyentes acogidos que no han presentado incidencias. A su vez, se ha remitido una carta informativa a los contribuyentes del censo que no han incorporado la información requerida a través del SII, o lo han hecho de manera muy insuficiente. Estas actuaciones por el momento no suponen el inicio de ningún procedimiento sancionador, a la espera de que se concrete la modificación reglamentaria que recogerá el procedimiento aplicable a los incumplimientos del SII.

Próximas actuaciones

En estos momentos, los contribuyentes incluidos en el SII ya pueden chequear en la web de la Agencia si sus facturas coinciden con lo declarado por clientes y proveedores, y antes de final de año también podrán revisar si les falta por informar sobre operaciones de las que sí han informado esos clientes y proveedores.

Más adelante la AEAT integrará la información declarada por el contribuyente y la recibida de sus proveedores y clientes, y desarrollará una herramienta para incorporar esta información en la propia declaración del IVA.

Ventajas del sistema

  • Se facilita el cumplimiento voluntario: en la sede electrónica de la AEAT el contribuyente dispone de un libro registro "declarado" y otro "contrastado" con la información procedente de terceros incluidos en el SII. Esta información permite reducir errores en el cumplimiento de las obligaciones formales y en la elaboración de las propias declaraciones.
  • Reducción de cargas indirectas: se reducen las obligaciones formales, al suprimirse la obligación de presentación de las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 347 (información de terceros), 340 (operaciones en libros de registro) y 390 (resumen anual del IVA).
  • Mayor plazo para las liquidaciones de IVA: se amplía en diez días el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas.
  • Mejora en la gestión del IVA: la incorporación al SII permite a las empresas reforzar sus procesos internos de contabilidad y facturación.
  • Comprobación más selectiva y rápida: al obtener la información de las operaciones prácticamente en tiempo real, la Agencia Tributaria puede anticipar la comprobación, agilizando, por tanto, el control y las devoluciones del impuesto. Esta agilización será más acentuada cuando el cliente y el proveedor pertenezcan al colectivo de este sistema, ya que la información de las operaciones entre ambos nace ya cruzada.