DESPIDOS COLECTIVOS

La mayoría de las resoluciones del TS confirman las sentencias previamente dictadas por la AP o el TSJ

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La Sala de lo Social ha dictado 79 sentencias en recursos de casación relativos a procedimientos laborales que afectan a un total de 11.900 trabajadores.

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La primera sentencia sobre despido colectivo en el que se aplicó la reforma laboral de 2012 fue dictada por la Sala de lo Social en marzo de 2013.

El despido colectivo por decisión directa del empresario, sin necesidad de autorización administrativa previa, aunque sí de una tramitación reglada, con el necesario aporte documental, y de un periodo de consultas así como de una negociación de buena fe con la parte social, entró en vigor en febrero 2012 dentro de la reforma legal efectuada en aquel momento.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado ajustados a derecho 31 de los despidos enjuiciados, otros 9 no ajustados a derecho y 18 nulos.

De estos últimos, en los que se reconoce el derecho a la readmisión de los trabajadores despedidos, sin opción empresarial de indemnización, en 5 ocasiones se ha apreciado fraude de ley, en otras 5 había vicios de procedimiento de importancia relativos al periodo de consultas, en 4 de los recursos se ha estimado que concurría grupo irregular de empresas, en 2 ocasiones vulneración de derechos fundamentales (huelga y libertad sindical) y en otros 2 falta de la documentación necesaria para una negociación efectiva durante el período de consultas.

En el 83% de las sentencias se confirma la sentencia previamente dictada por la Audiencia Nacional o por el Tribunal Superior de Justicia. En las sentencias desestimatorias de los recursos, el porcentaje mayoritario corresponde a recursos intentados por la representación laboral, mientras que los recursos de empresas que son desestimados representan un 37% (teniendo en cuenta que son mayoría las ocasiones en que recurren los trabajadores), según se ve reflejado en la página del órgano jurisdiccional.