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La función autocompletar de Google no lesiona el honor de una empresa al facilitar los términos "blanqueo de dinero" junto a su marca

Tribuna
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Una reciente Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Purchena analiza la herramienta del buscador de Google que facilita predicciones de búsqueda desde la óptica de la reputación empresarial y el derecho a la información.

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La funcionalidad Autocompletar presente en el buscador de Google nació con la finalidad de agilizar la búsqueda de información mediante el uso de predicciones de búsqueda. Las predicciones son términos generados por un algoritmo que el usuario puede seleccionar para realizar su búsqueda y que están relacionados con los términos que utiliza el propio usuario y con las búsquedas que han realizado otras personas.

Esta herramienta de escritura predictiva se encuentra a día de hoy en multitud de aplicaciones informáticas de uso cotidiano tales como los procesadores de textos disponibles en los smartphones.

Pese a la sencillez y neutralidad de esta funcionalidad, en ocasiones se pueden plantear controversias legales cuando las predicciones de búsqueda se muestran junto a nombres de personas, marcas o empresas.

Así ocurría en el caso resuelto mediante sentencia núm. 92/2017, de 18 de septiembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena, en el que una empresa inmobiliaria consideraba que Google Inc. lesionaba su honor cada vez que alguien realizaba una búsqueda tecleando su marca y, entre los términos mostrados como predicciones de búsqueda, se incluía la expresión "blanqueo de dinero".

Sin embargo, el Juzgado de Purchena ha desestimado la demanda declarando que Google, en su condición de intermediario de la sociedad de la información, actuó con la debida diligencia al rechazar en este caso la pretensión del demandante de que el gestor del motor de búsqueda impida la aparición de estos términos.

La sentencia tiene en cuenta que Google no redacta directamente la información sino que es un canal que ofrece la información facilitada por otros medios, y que las predicciones que aparecen en la función de Autocompletar obedecen a procesos puramente mecánicos. Asimismo, en la sentencia se indica que la función de Autocompletar no hace una imputación de hechos o valoraciones de una forma directa, sino que son los internautas quienes, al introducir un determinado número de veces el nombre de la empresa junto con las palabras "blanqueo de dinero", da lugar a que los mismos aparezcan estadísticamente en la herramienta de predicciones, pudiendo los usuarios no obstante rechazar dicha predicción y continuar escribiendo su consulta en función de la información que deseen buscar.

El juzgador considera además que en este caso debe prevalecer el derecho a la información sobre el derecho al honor de la sociedad demandante en atención a la veracidad de las noticias a las que se accede una vez se escoge predicción controvertida y a la veracidad de la propia predicción. En particular, en la ponderación de derechos realizada por el juez se tiene en cuenta la existencia de numerosas noticias que vinculan a otras empresas y personas conectadas con la actora con actividades efectivamente relacionadas con el blanqueo de capitales.

Esta sentencia, que ha sido recurrida en apelación, es la primera dictada en España sobre esta cuestión y está plenamente alineada con la jurisprudencia europea en la materia: los jueces franceses, alemanes, suizos e italianos ya han tenido ocasión de examinar casos en los que ciertas empresas alegaban que determinadas predicciones de la funcionalidad Autocompletar –por ejemplo, "estafa", "timo" o "secta"– vulneraban su reputación.

La jurisprudencia comparada concluye que, en atención al funcionamiento eminentemente técnico de las predicciones de búsqueda, basado en última instancia en las búsquedas realizadas por los usuarios, y teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso –en concreto la existencia de informaciones consideradas de interés público que pueden justificar el carácter veraz de la predicción en cuestión–, el bloqueo de dichos términos es completamente injustificado.


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