LEY DE ESTIBA

Servicios mínimos garantizados en la huelga de la estiba

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El Ministerio de Fomento tiene listo un grupo interministerial que se activará a las 8.00 horas del próximo lunes, 5 de junio, para velar por el cumplimiento de los servicios mínimos ante la huelga convocada en los puertos por los estibadores. De la Serna llama a negociar y desconvocar para que la huelga no "tense la negociación"

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El titular de Departamentode Fomento, Íñigo de la Serna, ha señalado que este "operativo", junto con las distintas autoridades portuarias, se dedicará a "seguir y analizar" el desarrollo de la jornada de huelga para "garantizar el cumplimiento de los servicios mínimos".

Los paros en los puertos están previstos para todas las horas impares entre las 8.00 horas del lunes 5 de junio y la misma hora del martes 6, y entre la misma franja horaria del miércoles 7 y del viernes 9.

Llamamiento a desconvocar la huelga

Con la garantía de los servicios mínimos,  el ministro ha realizado un llamamiento para que las partes implicadas, sindicatos y patronal de la estiba, "vuelvan a sentarse a negociar y se desconvoque la huelga, dado que los paros tensan las negociaciones".

De la Serna considera que es necesario que exista una "voluntad de las partes" para alcanzar un acuerdo. "No creo que haya ningún obstáculo para ello, es más una cuestión de tiempo y de forma del desarrollo del mismo", consideró De la Serna.

El ministro expresó el jueves su "preocupación" por el impacto que los paros tendrán en la economía, al asegurar que su efecto "se extenderá más allá de la duración del conflicto".

El Ministerio ha preparado a tal efecto un "comité interministerial" y todo el operativo que el lunes, a la misma hora que arrancan los paros, comenzará a realizar el correspondiente seguimiento y a velar por el cumplimiento de los servicios mínimos.

Servicios mínimos garantizados

Estos servicios esenciales, que ya estaban dictados para calendarios de huelga anteriores que finalmente no se secundaron, garantizan el 100% de los servicios necesarios para las operaciones que afecten a mercancías perecederas o peligrosas, y para abastecer de suministros especiales, esenciales y sanitarios a los territorios insulares.

Para el resto de los barcos, se establece el "porcentaje necesario para garantizar un rendimiento no inferior al 50% del promedio del año natural anterior en una jornada comparable por horario, tipo de mercancía y terminal".