LEGISLACIÓN

Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia

Noticia

Ley Orgánica 7/2013, de 28 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.

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Trascendencia y finalidad

La presente ley tiene como único objetivo la inclusión en el art. 30 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, de un nuevo punto para habilitar al Gobierno regional a dictar disposiciones legislativas provisionales en forma de decreto-ley, estableciéndose asimismo sus límites materiales y los trámites para su convalidación por la Asamblea Regional.

Ámbito material

Esta norma se estructura en un único artículo en el que se contienen las modificaciones introducidas y una disposición final.

Se da nueva redacción al art. 30 estableciendo que la iniciativa para el ejercicio de las potestades reconocidas en el art. 23 del Estatuto en los miembros de la Asamblea y al Consejo de Gobierno.

Además, por ley de la Asamblea de Murcia se regulará la iniciativa de los municipios y de las comarcas a través de sus órganos colegiados representativos, así como la iniciativa popular, de acuerdo con lo que disponga la legislación del Estado.

Vigencia

La presente Ley Orgánica ha entrado en vigor el 30 de noviembre de 2013.