VIOLENCIA DE GÉNERO

Conclusiones del VI Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género

Noticia

Entre las propuestas presentadas en el VI Congreso figuran la supresión de la dispensa de la obligación de declarar y de la atenuante de confesión.

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Las conclusiones del VI Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, celebrado la semana pasada en el antiguo Salón de Plenos del Senado, reivindican reformas legales para mejorar la protección de las víctimas de la violencia de género, según el CGPJ.

Además de la petición de que se modifique el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para suprimir la dispensa de la obligación de declarar contra su cónyuge o pareja de las víctimas de violencia de género, los asistentes al Congreso proponen la supresión de la atenuante de confesión para este tipo de delitos y la preceptividad de la asistencia letrada desde antes de la interposición de la denuncia.

Las conclusiones, que han sido leídas al término del Congreso por la presidenta del Observatorio y vocal del Consejo General del Poder Judicial Ángeles Carmona, también hacen referencia al cumplimiento íntegro de las penas y a la posibilidad de imposición de la prisión permanente revisable.

Otra de las medidas encaminada a mejorar la protección de las víctimas de este tipo de violencia sobre cuya necesidad han coincidido los participantes en el foro es la comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de las denuncias presentadas por comparecencia en el Juzgado, de modo que consten en el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (Viogen) y se pueda valorar el riesgo de la víctima.

En relación con la creciente incidencia de la violencia de género entre jóvenes y adolescentes, fundamentalmente motivado por el uso de las nuevas tecnologías, los asistentes al Congreso consideran muy conveniente usar y valerse de las redes sociales para llegar a esas víctimas potenciales y contrarrestar este fenómeno.

Romper el silencio

La presidenta del Observatorio ha señalado durante su intervención que, pese a lo conseguido hasta ahora en esta materia, "queda mucho por hacer: todo lo necesario hasta que no haya ni una sola mujer muerta, asesinada, hasta que no exista una sola víctima de violencia de género. Ese y no otro, por utópico que pueda sonar, debe ser nuestro objetivo".

Para ello, los participantes en el Congreso consideran imprescindible conseguir la ruptura del silencio de las víctimas, informándolas y asistiéndolas desde el primer momento y ayudándolas, acompañándolas, protegiéndolas y garantizándoseles una ayuda integral, de modo que sean conscientes de que la Justicia y las instituciones están siempre de su lado.

Las conclusiones señalan, no obstante, que para conseguir ese objetivo es necesaria la implicación de la sociedad y de las personas que rodean a las víctimas: familia, amigos, compañeros de colegio, ámbito laboral y ámbito sociosanitario.

"Resulta fundamental una labor de educación en la igualdad y el respeto, siendo vital el papel de los medios de comunicación", ha señalado Ángeles Carmona.

Ampliar el concepto de violencia de género

El VI Congreso del Observatorio ha constatado la enorme trascendencia del Convenio de Estambul, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 6 de junio de 2014 y ya en vigor, que ha obligado a adaptar la legislación española en varios sentidos.

Así, se ha modificado el Código Penal para introducir nuevos tipos penales como el acoso, los matrimonios forzados o el sexting, así como la circunstancia agravante de discriminación de razón de género; se ha establecido la consideración de los hijos e hijas como víctimas directas de la violencia sufrida por sus madres y se ha aprobado el Estatuto de la Víctima, garantizando sus derechos tanto dentro del proceso penal como fuera del mismo.

Junto a estas reformas, los asistentes al Congreso han puesto de manifiesto que la ampliación del concepto de violencia de género en el Convenio de Estambul hace necesario que el legislador incluya las nuevas conductas consideradas como violencia sobre la mujer en ese texto en la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.