PENAL

El nuevo Código Penal obliga a devolver las ganancias ilícitas derivadas de un delito por corrupción

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El Ministerio de Justicia recuerda que desde el pasado 1 de julio está en vigor un nuevo Código Penal que ya contempla diferentes medidas anticorrupción.

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El ministro de Justicia ha explicado que en esta legislatura se han reformado 250 artículos del Código Penal y entre ellos, los que tienen que ver con la lucha contra la corrupción para lograr que el responsable penal de un delito devuelva todas las ganancias ilícitas derivadas del mismo, que se puedan asimismo decomisar los bienes procedentes de actividades delictivas cuando son transferidos a terceros y que los jueces puedan revocar la suspensión de las penas si no se satisfacen las deudas tributarias o con la Seguridad Social, según un comunicado del Ministerio de Justicia.

Rafael Catalá ha señalado que esta reforma del Código Penal "va a garantizar que todos aquellos que sean condenados por delitos de corrupción tendrán que asignar todos sus recursos para la devolución de lo robado". Así lo recoge la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio al regular el decomiso, de manera que la malversación y el cohecho se encuentran dentro del catálogo de delitos por los que se puede acordar el decomiso ampliado (de bienes, efectos y ganancias pertenecientes a una persona condenada por alguno de esos delitos) cuando se resuelva, a partir de indicios objetivos fundados, que los bienes o efectos provienen de una actividad delictiva.

La nueva norma mejora también la regulación del decomiso de terceros, de forma que, en el artículo 127 quater, permite decomisar los bienes procedentes de actividades delictivas cuando son transferidos a terceras personas.

​Estas nuevas figuras tienen como finalidad que la persona que sea condenada por delitos de corrupción no pueda, de ninguna manera, poner a nombre de terceros o sacar de su patrimonio el fruto del delito.