JUSTICIA

Reconocida la pensión de viudedad a una mujer maltratada que estaba separada

Noticia

El TSJ de Canarias ha reconocido la pensión de viudedad a una mujer separada de su marido cuando éste falleció. La mujer alegó maltrato, lo que fue rechazado en primera instancia y posteriormente aceptado por la Sala.

Violencia-generomaltrato_EDEIMA20170330_0002_1.jpg

La sentencia de la Sala Social relata que la mujer, separada desde junio de 1995, había sido atendida durante su matrimonio en el instituto canario de la mujer debido a la incesante situación de violencia sufrida junto a sus dos hijas menores. Asimismo, había presentado varias denuncias en la comisaría de Policía Nacional que mostraban indicios de la situación de violencia padecida por la mujer antes y después de su separación. Otro de los asuntos que cita la sentencia es que el demandado había venido "incumpliendo grave y reiteradamente los deberes conyugales".

El exmarido falleció en 2014 y la mujer solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la pensión de viudedad, siendo rechazada por haber transcurrido un periodo superior a diez años entre la fecha de divorcio o separación judicial y el fallecimiento, así como por no tener cumplidos los 65 años en la fecha de solicitud. La demandante interpuso una reclamación ande el Juzgado de lo Social nº 6 de Las Palmas que también fue desestimada.

Según la sentencia de la Sala, el acceso a la pensión de viudedad en el caso de mujeres separadas o divorciadas que hayan sido víctimas de violencia de género exige la concurrencia de unos criterios objetivos que se han venido clarificando a través de la jurisprudencia del alto tribunal, criterios que para este caso, conllevan su pertinente aplicación. Como indica la sentencia "tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres que, aún no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio mediante sentencia firme".

Por ello, la Sala reconoce el derecho a percibir la pensión con una base reguladora de 1.644,14 euros, porcentaje de la pensión del 52% y porcentaje de prorrata del 56,79% con efectos del 23 de julio de 2014.