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La Audiencia Nacional admite la denuncia de la Fiscalía por sedición por los sucesos de Barcelona

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La instructora señala que, es este caso, el delito de sedición puede atentar contra la forma de Gobierno, lo que determina la competencia de la Audiencia Nacional.

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La titular del Juzgado Central de Instrucción ha admitido a trámite la denuncia de la Fiscalía por delito de sedición por los hechos ocurridos en Barcelona durante los pasados días 20 y 21 en relación a las concentraciones y manifestaciones llevadas a cabo para impedir por la fuerza la actuación de las autoridades y sus agentes en el ejercicio de sus funciones en defensa del ordenamiento constitucional. La magistrada ha acordado librar oficio a la Guardia Civil para que elabore atestado sobre las actuaciones llevadas a cabo para impedir la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones.

En un auto, la juez analiza las conductas y los hechos que incluye el Ministerio Publico en su denuncia y concluye que pueden encajar dentro del delito de sedición del artículo 544 del Código Penal. Así, recuerda que el tipo penal exige un conducta colectiva caracterizada como alzamiento tumultuario como un alzamiento dirigido a impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o a cualquiera de las personas que el mismo se relacionan en el ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales.

Lamela señala que el bien jurídico que se protege es el orden público entendido como la paz y tranquilidad en las manifestaciones externas de la convivencia ciudadana, y añade que igualmente protege el principio de autoridad entendido como el que la ciudadanía deposita en las instituciones para el ejercicio adecuado de las funciones que desempeña al servicio de una sociedad democrática y por tanto de la colectividad, una funciones que –agrega- quedarían en entredicho si fueran impedidas por la fuerza.

La instructora considera que este delito de sedición tal y como acontecieron los hechos, es competencia de la Audiencia Nacional en tanto que además de atentar contra los bienes jurídicamente protegidos que le son propios, "puede suponer al mismo tiempo una ofensa contra la forma de gobierno". Conforme al relato de hechos del fiscal, la finalidad última de las movilizaciones que expone en su denuncia era, según la titular del Juzgado, romper la organización del Estado, por lo que atenta también contra la forma actual de Gobierno en España a qué se refiere la Ley Orgánica del Poder Judicial que regula las competencias de la Audiencia Nacional.

La juez precisa no todos los delitos de sedición con carácter general son competencia de la AN sino que en este caso concreto, el delito de sedición puede atentar también contra la forma de Gobierno, al tratar de cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, lo que determina igualmente la competencia de la Audiencia Nacional.