CONSEJO DE MINISTROS

Aprobado el reglamento para modernizar la resolución de los recursos en materia de contratación pública

Noticia

Destaca la implantación de la tramitación electrónica en todo el procedimiento del recurso para garantizar la máxima agilidad en su resolución.

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

Este Tribunal se creó, mediante Ley, en el año 2010 como órgano administrativo independiente para resolver los recursos que se planteen en relación con los contratos públicos en el ámbito estatal. En el caso de las Comunidades Autónomas, la Ley dio la posibilidad, o bien de crear su propio tribunal, o atribuir, mediante convenio, la resolución de sus recursos al Tribunal Central.

El Reglamento dota al Tribunal y a los órganos autonómicos de unas normas organizativas y procedimentales más modernas, precisas y concretas en beneficio de estos órganos y, sobre todo, de los que interponen los recursos en defensa de sus intereses.

Novedades

Entre las novedades, cabe destacar el desarrollo reglamentario de la normativa reguladora de los convenios mediante los cuales las Comunidades Autónomas encargan al Tribunal Central la resolución de los recursos de su ámbito autonómico.

En este momento están adheridas a este sistema de convenio siete Comunidades Autónomas (La Rioja, Castilla La Mancha, Murcia, Cantabria, Illes Balears, Comunidad Valenciana y Asturias), junto con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. La celebración y puesta en marcha de los convenios está permitiendo la obtención de ahorros en las Comunidades Autónomas adheridas, ya que no han necesitado crear nuevas estructuras u órganos independientes y la contraprestación al Tribunal del Estado por el servicio prestado es muy económica: un coste medio por recurso resuelto del entorno de 400 euros.

Medios electrónicos

En busca de la brevedad en la resolución de los recursos y de una mayor seguridad jurídica, el Reglamento apuesta claramente por la utilización de medios electrónicos, de tal modo que será obligatoria la tramitación por vía electrónica de todo el procedimiento, con la única excepción de los supuestos en los que los interesados acrediten su imposibilidad de acceso a esa tramitación electrónica.

Todo este conjunto de novedades contribuirá a mejorar una actividad del Tribunal que, por lo demás, ya está siendo satisfactoria en la actualidad, con 1.117 recursos presentados en 2014 y con solamente 87 resoluciones recurridas ante la jurisdicción contencioso-administrativa que, además, ha confirmado el criterio del Tribunal Central de Recursos en la práctica totalidad de estas resoluciones recurridas.